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by Rafael Pozo García-Baquero

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El AYUNTAMIENTO DE ALHAURÍN DE LA TORRE ha activado un dispositivo de ayudas con el objetivo de facilitar y mejorar las condiciones de habitabilidad y convivencia de sectores de población con falta de recurso económicos para sufragar la integridad de los gastos que producen una obra de adaptación o rehabilitación y que no son cubiertos en su totalidad por otras administraciones públicas, de la siguiente naturaleza:

1. ADAPTACIÓN DE VIVIENDA ANTE LA NUEVA SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD O DEPENDENCIA.
Se contempla en este apartado la necesidad la adaptación básica que pueda necesitar una familia en cuyo seno conviva una persona con dependencia, discapacidad o movilidad reducida para poder desenvolverse con normalidad en la vivienda que habita.
Actuaciones susceptibles de este apartado:
a) Eliminación de barreras de acceso en la vivienda como pueden ser: acceso principal a la vivienda que imposibilitan la salida del usuario la vivienda donde habita.
b) Ensanche de puertas de paso del interior de la vivienda
c) Colocación de agarraderas, antideslizantes y otros enseres que faciliten la movilidad en el cuarto de baño o resto de la vivienda
d) Eliminación de otras barreras del interior de la vivienda (sustitución de peldaños por rampa)

2. REMODELACIÓN DEL HÁBITAT DE CONVIVENCIA FAMILIAR MEJORANDO LAS CONDICIONES HIGIENICOSANITARIAS Y DE HABITABILIDAD DE LA VIVIENDA FAVORECIENDO COMO CONSECUENCIA LOS HABITOS DE NORMALIZACIÓN FAMILIAR
Actuaciones susceptibles de ser tratadas:
a) Reparaciones que permitan un correcto funcionamiento de suministros básicos como pueden ser el AGUA o la RED ELÉCTRICA
b) Reparación o puesta en funcionamiento de agua caliente en el baño
c) Reparación de azulejos, suelo o sustitución de puertas o ventanas de entrada o paso de la vivienda.
d) Pintura y limpieza de choque de la vivienda
e) Arreglos e impermeabilización de cubiertas.

3. AYUDAS DE ADAPTACIÓN DE ZONAS COMUNES DE EDIFICIOS DE COMUNIDADES DE VECINOS DONDE AL MENOS 1 DE ELLOS NECESITE DE ESA ADAPTACIÓN POR SU FALTA DE MOVILIDAD.
Actuación contemplada para uso colectivo de edificios privados de comunidades donde existan discapacitados, además de elementos o barreras que dificulten el acceso a la vivienda.
Actuaciones susceptibles de ser tratadas:

a) Agarraderas en el portal y pasillos de acceso
b) Rampa de acceso al ascensor
c) Rampa de acceso al edificio

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante todo el ejercicio 2023, siendo la fecha límite de presentación de solicitudes en registro de entrada el 15 de diciembre.

El Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre ha consignado en el presupuesto municipal una partida presupuestaria de 20.000 €.

Toda la información relativa a la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

El AYUNTAMIENTO DE CASARES ha aprobado la Convocatoria 2023 con una cuantía total de 115.286,06 euros, de las ayudas establecidas en la Ordenanza Reguladora n.º 69 de ayudas a la rehabilitación y regeneración de las edificaciones en el Centro Histórico de Casares.

Se establecen tres líneas de ayuda:
– Línea 1: Ayudas económicas a la rehabilitación promovidas por los usuarios (propietarios, cesión en uso, alquiler u otra circunstancia, es decir, para las personas que vivan o van a
vivir en la vivienda a rehabilitar).
– Línea 2: Ayudas económicas a la rehabilitación promovidas por la propiedad, sin que esta vaya a habitar la/s vivienda/s, con la finalidad de negocio, alquiler o venta.
– Línea 3. Actuaciones de cualquier tipo derivadas de una orden de actuación municipal dentro del Programa Municipal de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración del Centro Histórico de Casares.

El plazo para la presentación de solicitudes finaliza el 30 de noviembre de 2023.

Toda la información relativa a la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

El AYUNTAMIENTO DE NERJA ha convocado para el ejercicio 2023 ayudas municipales, en la modalidad de concesión en concurrencia competitiva de subvenciones, que tienen por objeto ayudar a familias de recursos limitados a que promuevan actuaciones de rehabilitación de sus viviendas, debiendo tener las obras alguna de las finalidades siguientes:
a) Estabilidad estructural y constructiva.
b) Mejorar la protección contra la presencia de agua y humedades.
c) Mejorar las carpinterías exteriores e interiores, así como los revestimientos interiores tanto horizontales como verticales.
d) Mejorar la iluminación natural y la ventilación interior.
e) Mejorar las instalaciones de los suministros de agua, gas, electricidad, saneamiento y telecomunicaciones.
f) Supresión de barreras arquitectónicas y la adecuación funcional a las necesidades de personas con discapacidad.
g) Mejorar las condiciones de eficiencia energética.
h) Mejorar la disposición y las dimensiones de los espacios interiores. En el supuesto de actuaciones que contemplen la ampliación de una vivienda, la superficie útil resultante no podrá superar los 120 m².

Se otorgarán tantas subvenciones como permita la cobertura presupuestaria para el ejercicio correspondiente, que es de 145.000 euros.

Toda la información relativa a la convocatoria puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.