El 26 de marzo de 2024 se ha publicado en el BOJA n.º 60 la Orden de 18 de marzo de 2024 por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 1 de junio de 2023, por la que se modifica la Orden de 26 de septiembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía (Plan EcoVivienda).
El plazo de presentación de solicitudes, que finalizaba el 5 de abril de 2024, se ha ampliado hasta el 26 de diciembre de 2024, inclusive, para las siguientes líneas de subvenciones:
a) Línea 3. Subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio.
b) Línea 4. Subvenciones para la mejora de la eficiencia energética en viviendas.
En ambos casos se amplía exclusivamente para la clasificación económica del gasto «Familias e instituciones sin fines de lucro».
Por tanto, a partir del 6 de abril de 2024, ya no es posible solicitar ayudas con cargo a la clasificación económica del gasto «Empresas privadas» para ninguna línea y en el caso de «Familias e instituciones sin fines de lucro», para las líneas 5.1 – subvenciones para la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación – y 5.2 – subvenciones para la redacción de proyectos de rehabilitación -.
Estas ayudas públicas destinadas a la rehabilitación de viviendas proceden de los Fondos Next Generation y están exentas de tributación en la declaración de la renta, pudiéndose además deducir fiscalmente un porcentaje del coste de la actuación, una vez descontada la subvención.
Aunque las obras de rehabilitación a subvencionar pueden ser de todo tipo (habitabilidad, accesibilidad, conservación), es necesario en todos los casos mejorar la eficiencia energética de los edificios, para lo que resulta fundamental disponer del Certificado de Eficiencia Energética y del Libro del Edificio Existente.
Es muy recomendable, desde el primer momento, contar con el asesoramiento de un técnico, no solo para determinar las obras necesarias para poder solicitar las ayudas y redactar la correspondiente documentación, sino también para gestionar correctamente la solicitud de las subvenciones.
La Oficina de Apoyo a la Rehabilitación del Colegios Oficial de Arquitectos de Málaga ofrece, tanto a ciudadanos como a profesionales, asesoramiento e información gratuitos en relación a las ayudas y deducciones existentes para la rehabilitación residencial y acceso a bolsas de arquitectos especialistas.
La coincidencia de ayudas públicas y de condiciones fiscales favorables a la rehabilitación se presentan como una oportunidad única para abordar la mejora de nuestras viviendas.
La Orden completa puede consultarse en el siguiente enlace.
